Se deberá concurrir a la Circunscripción que elijan a fin de fijar día y hora; recibir los formularios e instrucciones necesarias, en un plazo no mayor a 29 días ni menor a 10 (días hábiles).
Si lo piden a través de Internet en: www.buenosaires.gov.ar/registrocivil y hay disponibilidad de turnos, pueden reservarla como máximo 15 días antes.
En ambos casos la documentación necesaria para la celebración y labrado del acta, deberá ser entregada a los 3 días hábiles anteriores a la ceremonia
¿Quién puede solicitar el turno?Uno o ambos contrayentes.
¿Cuántos testigos son necesarios y obligatorios?Dos testigos mayores de 18 años, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.
Testigos innecesarios: Hasta cuatro adicionales. Sin necesidad de acreditar domicilio en la Ciudad de Bs. As.
¿Cuánto sale el trámite del matrimonio por civil?Libreta Matrimonial: $ 30.-
Costo por cada testigo innecesario: $ 80.-
Los testigos necesarios no tienen costo.
¿Cómo se solicita turno a través de la web?Hay que ingresar a a la página de guía de trámites para solicitar requisitos y solicitar turno www.buenosaires.gob.ar/registrocivil. Se selecciona turno, reservando sala y seleccionado sede, fecha y hora para la realización del trámite. Se debe completar los formularios: prenupcial, matrimonios, testigos, fotógrafo y estadístico y confirmar.
Paso siguiente se completa el formulario de datos personales e imprime el comprobante Turnos Matrimonio y 3 días antes de celebrarse el casamiento se presenta la documentación.
¿Qué registro civil les corresponde?Los novios pueden elegir cualquier Registro Civil del CGP que quieran.
¿Qué se necesita para realizarlo?Solteros y mayores de edad: Documentos de ambos contrayentes.
Con matrimonio y divorcio vincular en Argentina: Partida de matrimonio original con la correspondiente inscripción marginal del divorcio vincular actualizada.
Con matrimonio en el extranjero y divorcio vincular en Argentina: Partida de matrimonio inscripta en nuestro país con la correspondiente inscripción del divorcio vincular o la partida extranjera con la correspondiente inscripción del divorcio, debidamente legalizada y traducida.
Con matrimonio celebrado en Argentina y divorcio en el extranjero: Partida de matrimonio argentina con la correspondiente inscripción marginal del divorcio extranjero ordenada por juez nacional.
Con matrimonio y divorcio en el extranjero: Autorización mediante disposición concedida por la Dirección General del Registro Civil, Uruguay 753. Hasta la expedición de la Disposición el turno concedido es provisorio.
Contrayente viudo/a: Partida de matrimonio anterior y partida de defunción del cónyuge.
De edades inferiores a 18 años: D.N.I. | Testimonio de la dispensa judicial (autorización del Juez competente) | Padre o madre fallecido, partida de defunción | Si ambos padres están fallecidos, tutor. | Venia judicial (cuando los progenitores no la otorgan)
Matrimonio a domicilio por peligro inminente de muerte: Certificado médico que acredite que el/la contrayente se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales y en peligro inminente de muerte | Cuatro testigos con domicilio en la ciudad de Buenos Aires | -Documentación que acredite el estado civil
Analisis Prenupciales:Se realizan dentro de los siete días corridos antes de la fecha de celebración en un hospital del G.C.B.A. De hacerse en otra jurisdicción, deberán ser legalizados por la autoridad sanitaria del lugar.
Se puede realizar los análisis prenupciales en Instituciones sanitarias pertenecientes a los sectores de Medicina Prepaga u Obra social que hayan suscripto convenio con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Ceremonia de Entrega de Libreta a Domicilio:El Registro Civil ofrece solo para Capital Federal un servicio de Ceremonia de Entrega de Libreta a domicilio, que se efectuará con posterioridad a la celebración del Matrimonio y en el horario de 16:00 a 22:00 (lunes a viernes) y 12:00 a 22:00 hs. (sábados, domingos y feriados) siendo el costo de este servicio de $1400. Para solicitar este servicio, deberán dirigirse con el Formulario de Solicitud de Matrimonio, sin turno, a Uruguay 753 2do piso, Dirección Registración, 10 días antes de la ceremonia, donde suscribirán el formulario de "Solicitud de Entrega de Libreta a Domicilio", en el que indicarán con precisión lugar, día y hora donde se realizará la ceremonia de entrega, se completará el formulario de pago y abonarán el arancel establecido por la Ordenanza Nro 51667, cuyo importe surge de las Ley Tarifaria.
Los casamientos cristianos se realizan únicamente en templos parroquiales. La ceremonia debe realizarse en la parroquia que le corresponde a la novia, es decir la más cercana a su domicilio.
Pase a otra parroquia: Si quieren cambiar de parroquia, tienen que solicitar el pase o permiso en la parroquia de origen.
RequisitosCualquier persona, independientemente de su relación con los novios y la religión que practique, puede ser padrino / madrina del casamiento.
TestigosSe necesitan dos testigos. Uno para la novia y uno para el novio. Los testigos tienen que ser mayores de 21 años, preferentemente no familiares. No deben cumplir con ningún requisito en particular, ni ser obligatoriamente de la misma religión.
Distintas religionesEn el caso de que uno de los contrayentes no sea católico, la iglesia ofrece una ceremonia que se denomina "matrimonio mixto".
Los casamientos judíos se pueden realizar en las sinagogas o en el lugar que los novios indiquen, solicitando la presencia del rabino, luego de haberse realizado el casamiento por civil como condición indispensable.
RequisitosNo son obligatorios. El novio y la novia pueden llevar sus acompañantes.
TestigosNo son obligatorios. Los testigos pueden ser 2, mayores de 13 años, observantes de los preceptos.
Distintas religionesEl judaísmo celebra casamientos mixtos. Si bien acepta la convivencia y hasta la procreación de un judío con un no judío, no considera que estas parejas sean un "matrimonio". En el caso de que uno de los novios no sea judío pero desee serlo, puede realizar un curso anual de conversión religiosa. Una vez realizado el curso, se extiende un certificado que deberá ser presentado en el templo donde se celebre el matrimonio.
Las Ceremonias No Religiosas son celebraciones para aquellas personas que no pueden o no quieren realizar una ceremonia religiosa.
Algunos ejemplos de las personas que realizan una ceremonia no religiosa son las parejas que tienen distintos credos o las divorciadas que no pueden casarse por Iglesia dos veces.
Existen las ceremonias laicas en las que no hay ningún elemento religioso, como las ceremonias de religiones mixtas. También se realizan ceremonias para los Aniversarios y Compromisos.
Cómo se realizan?Las Ceremonias No Religiosas son únicas y especiales. Es decir, al ser personales, la pareja es la que decide hasta el último detalle.
Proporcionando las características propias de la pareja, familia y amigos. Se eligen los símbolos, los rituales, los detalles, la vestimenta. Es original porque cada ceremonia es diferente, cada pareja escribe su propio libreto.
Qué requisitos necesitan?Hay distintos tipos de ceremonias. El único requisito es querer celebrar la unión entre dos personas, un compromiso, el aniversario, entre otras.
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