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¿CUANDO HAY QUE RESERVAR LA FECHA?
¿QUIEN PUEDE SOLICITAR EL TURNO?
¿CUANTO SALE EL TRAMITE DEL MATRIMONIO POR CIVIL?
¿QUE REGISTRO CIVIL LES CORRESPONDE?
DOCUMENTACION NECESARIA
TESTIGOS
ANALISIS PRENUPCIALES
LA PUBLICACIÓN DEL ACTO DEL MATRIMONIO
DIAS Y HORARIOS PARA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL
CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL FUERA DEL REGISTRO

¿CUANDO HAY QUE RESERVAR LA FECHA?
Los futuros contrayentes deberán presentarse en el Registro Civil con un plazo prudencial de entre 15 y 30 días.

¿QUIEN PUEDE SOLICITAR EL TURNO?
Uno o ambos contrayentes.

¿CUANTO SALE EL TRAMITE DEL MATRIMONIO POR CIVIL?
Libreta de Matrimonio: $3,00
Celebración de matrimonio en oficina en hora y día hábil: $3,00
Celebración de matrimonio en oficina en hora y día inhábil: $99,99
Celebración de matrimonio en oficina en hora y día inhábil: $99,99
Primer Acta de Matrimonio sin costo. Otras copias: $2,25

¿QUE REGISTRO CIVIL LES CORRESPONDE?
Es el Registro Civil correspondiente al domicilio que figura en el DNI de cualquiera de los dos contrayentes.
Haciendo click aquí accedé al Listado de Registros Civiles de la ciudad de Santa Fe.

DOCUMENTACION NECESARIA

Si son solteros y mayores de edad: Deberán presentarse en el Registro Civil que le corresponda por domicilio o localidad, con un plazo prudencial de 15 quince días antes del fijado para el matrimonio.
Deberán firmar una declaración jurada donde consten sus datos personales, el domicilio, lugar y fecha del nacimientos. Los nombres y apellidos, nacionalidad, profesión y domicilio y sus documentos de identidad.
Se les hará entrega de la orden pertinente para que obtengan los Certificados Prenupciales.


Otros Casos:
Divorciados: Deberán presentar el Acta de Matrimonio anterior con la marginal de Divorcio Vincular
Viudos: Deberán presentar las Actas de Matrimonio anterior y de Defunción del cónyuge fallecido.
Matrimonio de Menores:
(Mujer mayor de 16 años y varón mayor de 18 años)
Los Requisitos son iguales que para los adultos, pero deberán presentar las Actas de Nacimientos.
Deberán estar acompañados de sus progenitores a los efectos de que presten su CONSENTIMIENTO para la celebración del matrimonio en el momento del acto.
En el caso de que uno o ambos progenitores del/ la menor hubiere fallecido, deberá/ n acompañar el/ las Acta/ s de Defunción/ es y tramitar la Venia Supletoria de la Justicia.

(Cuando uno ó ambos sean menores de 16 y 18 años)
Los requisitos son iguales a los mencionados en el punto anterior, pero deberán tramitar la Dispensa Judicial por ante el Juez de 1era. Instancia que corresponda. Obtenida la misma, deberán presentarse con los padres para el debido CONSENTIMIENTO para la celebración del acto del matrimonio.

Matrimonio en el que uno o ambos de los futuros contrayentes se encuentra imposibilitado por cuestión de salud, de trasladarse a la Oficina que le corresponda: Los requisitos son los mismos a los puntos antes descriptos, debiendo acompañar el Certificado Médico que exprese la imposibilidad de que se trate.
Matrimonio en el que uno de los futuros contrayentes esté en peligro de muerte: Deberá acreditarse esta situación con Certificado de Médico tratante.

Los dos últimos casos son los ÚNICOS legalmente permitidos para realizar la celebración del Matrimonio fuera de la Oficina. En los demás, sólo se podrán realizar en la Oficina del Registro Civil.


TESTIGOS
Sólo podrán ser testigos de matrimonio, las personas mayores de 21 años; ó, siendo menores de edad, los casados.
• Necesarios: Dos (2)
• Innecesarios Hasta cuatro (4) adicionales, debiendo abonar por cada uno de ellos $30.
Los impedimentos para ser testigos y/ o para contraer matrimonio surgen del Código Civil Argentino.

ANALISIS PRENUPCIALES
Los Certificados Prenupciales deben ser extendidos siempre por Médicos Oficiales y su validez es de siete(7) días desde la expedición de los mismos.

LA PUBLICACIÓN DEL ACTO DEL MATRIMONIO
Una vez completada la declaración jurada el Registro Civil deberá dar cumplimiento con la publicación previa, a los fines de la oposición que pudiere deducirse

DIAS Y HORARIOS PARA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL
Los matrimonios se celebran todos los días hábiles de 7:30 a 12:30 horas .
El arancel de $99,99 se abona cuando la celebración se efectúa los jueves y viernes hábiles de 17 a 20 horas en la Oficina.
CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL FUERA DEL REGISTRO
Si los novios quisieran casarse fuera del registro civil, los días para hacerlo son los viernes y sábados en dos turnos: Mañana de 10 a 14 hs y Tarde de 18 a 22 hs. El costo para lo mismo es de $450.-
Los requisitos son los anteriormente descriptos.

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