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Ceremonias y civil en Buenos Aires

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Datos útiles

¿Cuándo hay que reservar la fecha?

28 días corridos antes del día que quieran realizar la ceremonia por civil.

¿Quién puede solicitar el turno?

Uno o ambos contrayentes.

¿Cuánto sale el trámite del matrimonio por civil?

  • Libreta Matrimonial: $ 20.-
  • Costo por cada testigo innecesario: $ 15.-

¿Qué registro civil les corresponde?

En el Registro Civil del CGP que corresponde al domicilio de uno de los contrayentes, acreditado fehacientemente, es decir, el registro correspondiente al domicilio que figura en el DNI de cualquiera de los dos contrayentes.

Documentación necesaria

Si son solteros y mayores de edad: deben concurrir con los documentos de ambos. Diez días antes de la celebración tienen que retirar del registro civil correspondiente la solicitud para matrimonio y los formularios de prenupciales.

Otros casos:

  • Con matrimonio y divorcio vincular en Argentina: partida de matrimonio original con la correspondiente inscripción marginal del divorcio vincular.

  • Con matrimonio en el extranjero y divorcio vincular en Argentina: partida de matrimonio inscripta en nuestro país con la correspondiente inscripción del divorcio vincular o la partida extranjera con la correspondiente inscripción del divorcio, debidamente legalizado y traducido.

  • Con matrimonio celebrado en Argentina y divorcio en el extranjero: partida de matrimonio argentina con la correspondiente inscripción marginal del divorcio extranjero ordenada por juez nacional.

  • Con matrimonio y divorcio en el extranjero: autorización mediante disposición concedida por la Dirección General del Registro Civil.

  • Contrayente viudo o viuda: partida de matrimonio anterior y partida de defunción del cónyuge.

  • Menores: los Varones de 18 á 20 y mujeres de 16 a 20 años deben presentar la Partida de nacimiento y documentos de los padres, quienes además deberán otorgar su autorización en el acto de celebración del matrimonio. (partida de defunción, si alguno de ellos fuese fallecido). En el caso que sean de edades inferiores a las citadas anteriormente, además de lo mencionado deben acreditar el testimonio de la dispensa por edad otorgada por juez competente. En el caso en que un padre este presente y el otro ausente deben llevar el Documento del padre presente y autorización del ausente otorgada ante autoridad competente debidamente legalizada.

Testigos

  • Necesarios: Dos (2) mayores de 21 años, con domicilio real o denunciado en la Capital Federal. (Sin cargo).

  • Innecesarios: Hasta cuatro (4) adicionales, sin necesidad de acreditar domicilio en Capital Federal (abona $15 cada uno).

Análisis prenupciales

Se realizan siete (7) días corridos antes de la fecha de celebración en un Hospital Municipal del G.C.B.A. De hacerse en otra jurisdicción, deberán ser legalizados por la autoridad sanitaria del lugar.

Matrimonio a domicilio

  • Por imposibilidad física: cuando uno o ambos contrayentes se encuentren físicamente imposibilitado de concurrir al Registro Civil, por causa de enfermedad el matrimonio podrá celebrarse en el domicilio del impedido, ante 4 testigos, con los certificados prenupciales, y se acreditará la imposibilidad de ambular mediante certificado médico.

  • Con contrayente en peligro de muerte: idem que en el caso anterior con la salvedad de que el certificado médico deberá consignar que el contrayente se encuentra en peligro inminente de muerte, en estado de lucidez, es decir en pleno uso de sus facultades mentales y se prescindirá de los exámenes prenupciales.

Ceremonia de entrega de libreta a domicilio

  • Valor del trámite (lunes a viernes): $ 200.-

  • Valor del trámite (sábados, domingos y feriados): $ 300.-

  • Lugar y horario: Uruguay 753 - 1° Piso de 9:30 a 14:30 horas.

  • Días y horarios en que se puede efectuar la ceremonia: Días hábiles de 18 a 22 horas. Días inhábiles de 10 a 22 horas.

  • Requisitos: Debe presentarse con la solicitud de matrimonio previamente otorgada por la Delegación del Registro Civil del CGP que corresponda al domicilio del/los contrayentes. A efectos de abonar y suscribir el formulario arancelado debe dirigirse a Uruguay 753, 1º Piso.

Matrimonio a distancia

Con celebración en la Capital Federal: cuando uno de los contrayentes se encuentre distante y por alguna circunstancia no pueda concurrir al acto del matrimonio, deberá otorgar su consentimiento ante la autoridad facultada para celebrar matrimonios en el lugar donde se encuentra, de conformidad con lo establecido en la Convención de Nueva York y en los Arts. 172, 173 y 174 del C.C. En www.buenosaires.gov.ar pueden encontrar más información.